DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ley, entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Registro Oficial.
Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los cuatro días del mes de agosto de dos mil diez.
Fernando Corderdo Cueva (sic), Presidente. Dr. Francisco Vergara O., Secretario General.
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