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martes, 23 de noviembre de 2010

LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR  
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Oficio No. T. 4454-SNJ-10-1512
Quito, 6 de octubre de 2010

Señor Ingeniero
Hugo Enrique Del Pozo Barrezueta
DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL
En su despacho

De mi consideración:
Adjunto al presente encontrará el oficio No. SAN-2010-672 del 4 de octubre de 2010, suscrito por el doctor Francisco Vergara, Secretario General de la Asamblea Nacional, del cual consta la certificación de que la Asamblea Nacional, no trató dentro del plazo de treinta días, señalado en el tercer inciso del artículo 138 de la Constitución de la República, la objeción parcial que presentara el señor Presidente Constitucional de la República, con fecha 3 de septiembre de 2010, respecto del Proyecto de Ley Orgánica de Educación Superior.
Por lo que, por disposición del señor Presidente Constitucional de la República, acompaño el texto del Proyecto de Ley Orgánica de Educación Superior en el que se encuentran incorporadas las objeciones que formuló al indicado proyecto el señor Presidente Constitucional de la República, para que, conforme dispone el cuarto inciso del artículo 138 de la Constitución de la República, la publique como Ley de la República en el Registro Oficial.
Para el propósito señalado, adjunto los siguientes documentos:
1. Oficio No. PAN-FC-010-1405, de 5 de agosto de 2010, mediante el cual el Presidente de la Asamblea Nacional remitió a la Presidencia de la República el proyecto de LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
2. Copia certificada del oficio No. T.4454-SNJ-10-1477 de 4 de octubre de 2010, firmado por el suscrito, mediante el cual se solicitó de la Asamblea Nacional la certificación sobre si es que se llegó a discutir y aprobar o no, por parte del Pleno de la Asamblea Nacional, la objeción parcial propuesta por el señor Presidente Constitucional de la República, respecto del proyecto de LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
3. Oficio No. SAN-2010-672, de 4 de octubre de 2010, suscrito por el Secretario General de la Asamblea Nacional, que en definitiva certifica que la Asamblea Nacional no se pronunció sobre la objeción parcial propuesta por el Presidente de la República respecto del proyecto de LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
4. El texto del Proyecto de Ley Orgánica de Educación Superior en el que se encuentran incorporadas las objeciones que formuló al indicado proyecto el señor Presidente Constitucional de la República.
Como soporte documental remito adicionalmente:
i. Copia certificada del Auténtico del Proyecto de Ley Orgánica de Educación Superior; y
ii. Copia certificada de la objeción parcial del Presidente Constitucional de la República al Proyecto de Ley Orgánica de Educación Superior, enviada mediante oficio T. 4454-SNJ-10-1352 de 3 de septiembre de 2010 y su alcance remitido mediante oficio de 13 de septiembre de 2010.
Atentamente,
f.) Dr. Alexis Mera Giler, Secretario Nacional Jurídico de la Presidencia de la República.
Adj.: lo indicado
C.c. Arq. Fernando Cordero Cueva, Presidente de la Asamblea Nacional.
 

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